Notificación de incidentes especiales
Notificación de incidentes especiales
Un Informe de incidente especial (SIR) es un informe formal que se presenta ante el centro regional. Los proveedores/vendedores de servicios tienen la responsabilidad de informar incidentes al centro regional que afecten la salud y/o seguridad de un cliente mientras el cliente recibe servicios o apoyo, o si el cliente es víctima de un delito o muere, independientemente de cuándo o donde ocurrió el incidente. Haz clic aquí para obtener información detallada.
Por CCR 17 §54327, se debe notificar al centro regional verbalmente de un incidente en 24 horas de ocurrencia y un escrito informe recibido dentro de las 48 horas del incidente. TODOS Los informes de incidentes especiales deben enviarse por correo electrónico o por fax a:
CORREO ELECTRÓNICO DEL SEÑOR: SIR@westsiderc.org
NÚMERO DE FAX DEL SEÑOR: (877) 254-6903
Si tiene alguna pregunta, comuníquese con la Coordinadora de Mitigación y Gestión de Riesgos del WRC, Bernadette Smyth Daroca, por correo electrónico a Bdaroca@WestsideRC.org o por teléfono al (310) 258-4221.
Los formularios a continuación se pueden utilizar para cumplir con los requisitos de presentación de informes. Los proveedores/vendedores de servicios deben completar el documento correspondiente, firmarlo y presentar el terminado informe por correo electrónico (preferiblemente) o por fax. Se acepta firma electrónica para el Informe Especial de Incidente (SIR) a través de PDF de Adobe. Asegúrese de que los documentos enviados sean legibles.
Cuando envía un correo electrónico al SIR, el correo electrónico DEBE estar firmado y cifrado para cumplir con las regulaciones de HIPAA. Incluye a quién le hiciste un informe verbal en el WRC y la fecha. Este método debe usarse si ya ha informado un SIR a un coordinador de servicios (SC) por teléfono pero necesita cumplir con los requisitos para la presentación del informe escrito.
HIPAA no prohíbe la transmisión electrónica de información médica personal (PHI). Se permiten las comunicaciones electrónicas, incluido el correo electrónico, aunque las entidades cubiertas por HIPAA deben aplicar salvaguardias razonables al transmitir e-PHI para garantizar la confidencialidad e integridad de los datos. 14 de marzo de 2021ee 45 CFR § 164.530(c). Esto incluye cifrado de extremo a extremo. El incumplimiento de estos requisitos podría resultar en una fuerte multa por infracción.