Programa de autodeterminación
Programa de autodeterminación
Para participar en el Programa de Autodeterminación, una persona con una discapacidad del desarrollo debe:
Los consumidores que residen en un centro de desarrollo pueden ser elegibles para el Programa de Autodeterminación si se espera que hagan la transición a la comunidad dentro de los 90 días.
Los participantes no tienen que estar inscritos en el programa Medi-Cal.
Toda persona que desee unirse al Programa de Autodeterminación (PAD) debe completar el proceso de orientación del PAD para poder participar en el programa.
A partir del 1 de abril de 2026, la orientación del Programa de Desarrollo Especial (SDP) constará de dos sesiones obligatorias de dos horas cada una. La Parte A debe completarse antes que la Parte B, y ambas deben finalizarse antes de la inscripción en el SDP. Las personas que completaron la orientación del SDP del Consejo Estatal de Discapacidades del Desarrollo (SCDD) antes del 1 de abril de 2026, o que ya están inscritas en el SDP, no están obligadas a repetirla, pero pueden hacerlo voluntariamente.
Una vez que haya completado las partes A y B de la orientación del programa SDP de SCDD, envíe su certificado de finalización a su coordinador de servicios de WRC para iniciar los siguientes pasos para inscribirse en el programa SDP.
Para comenzar la orientación del SDP, visite: https://scdd.ca.gov/sdp-orientation/
Si tiene preguntas o inquietudes sobre la orientación u otros aspectos del SDP, comuníquese con su Coordinador de Servicios. Si no sabe quién es su Coordinador de Servicios o necesita ayuda para contactar con WRC, comuníquese con el Asistente de la Unidad del SDP, Anthony Davis, quien podrá indicarle con quién contactar.